Esta Página, "Voz Desde el Destierro", pretende que sea una tribuna en la Red de redes, para aquellos que no tienen voz dentro de la isla de Cuba, para romper el muro de la censura, la triste y agobiante realidad del pueblo cubano. Editor y redactor: Juan Carlos Herrera Acosta. Ex-preso Político de la causa de los 75.
Agencia-La Habana/ 16-8-2014
El gobierno de Cuba dispuso que abogados, notarios y consultores jurídicos reporten operaciones sospechosas, relacionadas con la introducción en el mercado cubano de activos ilícitos para blanqueo de capitales o terrorismo. La ordenanza está contenida en una Resolución del Ministerio de Justicia (Minjus), publicada en la Gaceta Oficial, y reseñada este sábado por el diario oficialista Juventud Rebelde, informa Notimex
De acuerdo con analistas, este agregado a las funciones habituales de los juristas isleños forma parte de la campaña del gobierno del presidente Raúl Castro para abatir el alto grado de corrupción que impera en el país. Los juristas deben "reportar las operaciones que pueden presumirse de lavado de activos, financiamiento al terrorismo, proliferación de armas y otras relacionadas de similar gravedad que conozcan por razón del ejercicio de sus atribuciones y obligaciones", según el texto.
El informe lo realizarán ante la Dirección General de Investigación de Operaciones Financieras del Banco Central de Cuba, según dicta la Resolución No. 175 de 2014 del Minjus, firmada por la ministra María Esther Reus. La resolución arguye que la medida responde a la necesidad de atemperar el sistema de trabajo de ese organismo y garantizar en su ámbito de competencia la detección de posibles hechos de esa índole, según el Decreto-Ley número 317 del Consejo de Estado.
La normativa citada, emitida el 7 de diciembre de 2013, versa sobre la prevención y detección de operaciones en el enfrentamiento al lavado de activos, al financiamiento al terrorismo, a la proliferación de armas y al movimiento de capitales ilícitos. El Minjus recordó a los destinatarios de su resolución que está facultado para dirigir y controlar técnica, normativa y metodológicamente, el ejercicio de las funciones o la prestación de servicios notariales, de asesoría y asistencia jurídica en el país.
Esta directiva incluye a los organismos de la Administración Central del Estado, instituciones estatales, entidades del sector cooperativo y privado, o personas naturales y faculta al Minjus a "ejercer la inspección de los mismos".