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Esta Página, "Voz Desde el Destierro", pretende que sea una tribuna en la Red de redes, para aquellos que no tienen voz dentro de la isla de Cuba, para romper el muro de la censura, la triste y agobiante realidad del pueblo cubano. Editor y redactor: Juan Carlos Herrera Acosta. Ex-preso Político de la causa de los 75.

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Maduro está obligado a promulgar la Ley de Amnistía

Maduro está obligado a promulgar la Ley de Amnistía
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Por: Pacífico Sánchez

Caracas/ 31-3-2016

El Presidente de la República sin haber recibido el texto de la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional aprobada en la plenaria de la Asamblea Nacional el martes 29 de marzo, y desde luego sin haberla leído, dijo que no la promulgaría.

Pero, esa actitud del jefe del gobierno nacional, según el Dr. Joel Rodríguez Ramos, no le favorece en nada.

 

La Constitución es muy clara en este sentido, indicó el conocido abogado constitucionalista al ser entrevistado para EL IMPULSO. El Presidente está obligado a promulgar la Ley, salvo que él ejerza el derecho al veto constitucional sobre la ley.

-¿En qué consiste el veto?

-En que el Presidente de la República tenga la convicción de que la ley es inconstitucional, o también que él crea que la ley es inconveniente.

Cuando él considere que es inconstitucional, se la devuelve a la Asamblea Nacional para que ésta la reconsidere. Y la Asamblea le dice: promúlguela porque la ley es constitucional.

Entonces, él tiene el recurso de enviarla a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

-¿En qué sentido está fallando el jefe del gobierno nacional?

-Cuando él hace su alocución para manifestar que no promulgará la ley, uno no se explica en qué se fundamenta, puesto que ni siquiera la ha recibido y, desde luego, no la ha leído. Esto quiere decir que no la ha estudiado, analizado y determinar su contenido. Lo lógico es que primeramente leyera la ley y dentro de esos diez días que le da la Constitución Nacional, èl fundamentara su veto. Eso ocurrió en el pasado varias veces, en el primer gobierno de Rafael Caldera, en el de Carlos Andrés Pérez, en el de Luis Herrera Campins y lo hicieron porque les parecía inconstitucional o inconveniente. Naturalmente, acudieron a la antigua Corte Suprema de Justicia y luego tomaron la decisión de promulgarlas, porque no pueden dejar de hacerlo.

-¿Qué pasa si Maduro no la promulga?

-La Constitución estipula que si el Presidente no la promulga, lo puede hacer el presidente de la Asamblea Nacional con la firma de los dos vicepresidentes. Si no lo hace Maduro tiene que explicar sus razones. Pero, puede ser sancionado políticamente.

Fuente: El Impulso.com

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