Esta Página, "Voz Desde el Destierro", pretende que sea una tribuna en la Red de redes, para aquellos que no tienen voz dentro de la isla de Cuba, para romper el muro de la censura, la triste y agobiante realidad del pueblo cubano. Editor y redactor: Juan Carlos Herrera Acosta. Ex-preso Político de la causa de los 75.
21-5-2016
La nueva medida impulsada por el gobierno venezolano limita a la Asamblea Nacional, da poderes al presidente por sobre la Constitución, abre la posibilidad a la violación de los derechos humanos y a la represión
Se trata del Decreto N° 2.323 publicado el lunes pasado en la Gaceta Oficial. Según los expertos, dicha disposición fortalece la concentración de poder en la figura de Nicolás Maduro y propasa límites constitucionales bajo el argumento de un "temporal estado de excepción".
El periódico Correo del Caroní publicó un artículo donde el abogado Jesús María Casal, profesor de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) de Caracas analizó el decreto de "estado de excepción y emergencia económica" sancionado por el presidente de Venezuela.
En su explicación, detalla que en esta oportunidad, el mandatario aprovechó la situación para incluir nuevas atribuciones, ya que no sólo contiene elementos para un estado de emergencia económica, sino también para"conmoción interior y de estado de alarma".
Dado que el decreto alude a elementos para controlar "intentos de desestabilización", le otorga la posibilidad al mandatario de utilizar cualquier medida que estime conveniente. Entre las herramientas más polémicas, se encuentra la de suspender las atribuciones de la Asamblea Nacional en la aprobación de contratos públicos y votos de censura para la remoción del presidente.
"Es una manera subrepticia de soslayar el límite constitucional, porque ya existía un estado de emergencia económica por 120 días, es decir, ya tuvo una prórroga y la Constitución solo permite una", afirma Casal y explica que "como no se podía adoptar otra prórroga, se dicta un nuevo decreto"
En un estado de excepción, la Asamblea Nacional conserva todos sus poderes de legislación y control, sin embargo este decreto en particular se excede y otorga atribuciones que no corresponden al otro poder.
Esa extralimitación puede dar lugar a violaciones en los derechos humanos, afectar la libertad económica y otros derechos relacionados con protestas enmarcados, según el decreto, en términos de "orden público" para dificultar las manifestaciones de la oposición.
"La doctrina internacional establece claramente que el estado de excepción no puede suspender el Estado de Derecho. Sin embargo, este decreto termina por suspender los restos que quedaban del Estado de Derecho", afirma Casal.